Normativa · 4 min de lectura
Camionetas de carga en la CDMX: licencia, Hoy No Circula y restricciones
Antes de comprar una camioneta de trabajo en la Ciudad de México conviene saber tres cosas: con qué licencia la manejas, si circula diario y por dónde puede pasar según su peso.
Por Shineray Iztapalapa · Actualizada el
Shineray T50 · desde $369,500*Las reglas para vehículos de carga en la CDMX dependen sobre todo de un dato de la ficha técnica: el peso bruto vehicular, es decir, el peso del vehículo más su carga máxima. Aquí resumimos lo que dicen el Reglamento de Tránsito, el Reglamento de la Ley de Movilidad y el Programa de Verificación vigente.
El dato clave: peso bruto vehicular
Este es el peso bruto vehicular que declara la ficha técnica oficial de cada Shineray de carga:
Qué licencia necesitas
Según el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la CDMX, la licencia Tipo A sirve para automóviles particulares y también para vehículos de carga cuyo peso máximo autorizado no exceda de 3.5 toneladas. Para vehículos de carga de más de 3.5 toneladas se requiere la licencia Tipo D.
Todas las Shineray de carga quedan por debajo de ese límite; la más pesada, la T50, declara 3,495 kg de peso bruto vehicular.
Si vas a ofrecer transporte de carga como servicio (carga mercantil) o mover la carga de tu empresa con vehículos propios (carga privada), el mismo reglamento pide un permiso de la Secretaría de Movilidad (artículos 67 y 69), además de la licencia.
Restricción para más de 3,857 kg
El artículo 26, fracción I, del Reglamento de Tránsito de la CDMX prohíbe a los vehículos de carga con peso bruto vehicular de diseño superior a 3,857 kg circular por los carriles centrales y segundos niveles de las vías de acceso controlado, así como donde lo indique el señalamiento. La multa es de 100 a 300 veces la UMA y tres puntos en la licencia.
Con 3,495 kg de peso bruto vehicular, la T50 no entra en esa prohibición: es una de las razones por las que conviene revisar este dato al comparar camiones ligeros. Lo comparamos con otras marcas en camionetas de carga baratas.
Lo que aplica a cualquier vehículo de carga
El artículo 25 del Reglamento de Tránsito obliga a los conductores de vehículos de carga, sin importar su peso, a:
- Circular en las vías y horarios que establezca la Secretaría de Movilidad mediante aviso.
- Circular por el carril de la extrema derecha y usar el izquierdo solo para rebasar o dar vuelta.
- Hacer las maniobras de carga y descarga en lugares seguros, sin afectar el tránsito.
En el Centro Histórico hay horarios específicos de carga y descarga. Según el aviso de la Autoridad del Centro Histórico, en el perímetro A los vehículos de menos de 3.8 toneladas y 7.5 m de largo pueden cargar y descargar de 20:00 a 10:00 horas, con horarios más cortos en las vialidades principales. Revisa el aviso antes de programar tus entregas.
Hoy No Circula y holograma para camionetas nuevas
El Programa de Verificación Vehicular de la CDMX contempla el holograma “00”, que exenta del Hoy No Circula y de la verificación hasta por dos años, como incentivo para vehículos que cumplen los criterios ambientales del programa; entre ellos, estar en el listado de modelos que publica la Secretaría del Medio Ambiente. Si un vehículo nuevo no califica para el “00”, puede obtener el holograma “0”, que también lo exenta del Hoy No Circula.
Todas las Shineray cumplen la norma de emisiones Euro VI según sus fichas. Al cotizar, pregunta al asesor qué holograma corresponde al modelo y versión que te interesa con el programa vigente.
En resumen
- Con licencia Tipo A manejas cualquier Shineray de carga: todas pesan menos de 3.5 toneladas de peso bruto vehicular.
- Ninguna supera los 3,857 kg que activan la restricción en carriles centrales y segundos niveles.
- Como todo vehículo de carga, deben respetar los horarios y vías que fije la Secretaría de Movilidad y las reglas de carga y descarga.
- Una camioneta nueva puede quedar exenta del Hoy No Circula con el holograma “00” o “0”, según cumpla los criterios del programa.
¿Cuál te conviene para tu ruta?
Cuéntanos qué cargas y por dónde circulas, y te recomendamos el modelo.
Hablar con un asesorFuentes
- Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, artículos 25 y 26
- Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, artículos 67, 69 y 126
- Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, segundo semestre de 2026 (Gaceta Oficial CDMX, 1 de julio de 2026)
- Aviso de horarios de carga y descarga en el Centro Histórico (Autoridad del Centro Histórico)
*Precios de lista en pesos mexicanos, sujetos a cambio sin previo aviso. Datos tomados de las fichas técnicas oficiales; el equipamiento puede variar por versión.



